El 25 de julio de 2024 fue publicada la actualización de las normas diocesanas referentes a las cofradías y hermandades de Semana Santa de 2009. En ese texto se actualizan los artículos 5, 6 y 14.

En relación con los requisitos para ejercer un cargo directivo ya están recogidos en la normativa diocesana desde su publicación en 2009, artículo 23 donde en la nota 35 recoge lo establecido por la normativa de la Iglesia Universal (según el Código de Derecho Canónico los cánones 149 § 1 y 194 y 316 y número 1650 del Catecismo de la Iglesia Católica).

Por otro lado, en cuanto a la duración en los cargos directivos es una medida que desde hace años está vigente en diversas diócesis de España con el objetivo de revitalizar las Cofradías y Hermandades en una sana rotación en el servicio de gobierno, evitando circunstancias derivadas de un tiempo excesivo en la ocupación del cargo. Esta medida prevé excepciones por situaciones particulares.

Igualmente queremos hacer hincapié en que se han publicado noticas e informaciones que no se ajustan a la realidad como por ejemplo que el presidente de la Junta Mayor de Orihuela haya convocado una reunión para tratar este tema, entre otros pormenores publicados totalmente desvirtuados.

En cualquier caso, queremos destacar que la normativa diocesana que regula a las cofradías y hermandades de Semana Santa data de 2009, que se actualiza en 2024 y que no se ha establecido nada fuera de la legislación de la Iglesia Universal y de la moral y la tradición eclesial.

Así como aconsejamos a los fieles mantener el necesario sentido crítico ante las supuestas informaciones en materia eclesiástica deformadas recurrentemente por determinados medios.

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